Oficializan aumento del pasaje a 60 bolívares
Gaceta Oficial 43.284: Pasaje urbano y Metro aumenta a 60 bolívares
Ciudad Bolívar, estado Bolívar. – El Ejecutivo Nacional ha oficializado el aumento del pasaje urbano a 60 bolívares (Bs. 60,00) en todo el territorio venezolano. La medida fue publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.284, de fecha 26 de diciembre de 2025, e incluye tanto el Exhorto Oficial para el transporte público superficial como la Resolución N.º 049 del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.
Esta normativa establece las nuevas tarifas de cumplimiento obligatorio para rutas urbanas, suburbanas y sistemas de transporte masivo del Estado.

Nuevas tarifas: Metro, Ferrocarril y transporte superficial
Según el Artículo 1 del Exhorto Oficial, la tarifa del pasaje urbano se unifica en Bs. 60,00. Este ajuste aplica de manera homologada para todos los Sistemas de Transporte del Estado, incluyendo:
- Metro de Caracas, Metro Los Teques, Metro de Valencia y Metro de Maracaibo.
- Instituto de Ferrocarriles del Estado (IFE).
- Corporación Metrobús Venezuela.
- Todas las operadoras de transporte público administradas por el Gobierno.
Adicionalmente, la Resolución N.º 049 fija la Tarifa Máxima Oficial para rutas suburbanas, regulando los costos de traslado entre municipios colindantes según los kilómetros de recorrido.
Exhorto a las Alcaldías y gremio de transporte
El Ministerio del Transporte, reconociendo la competencia municipal en la materia, ha emitido un exhorto a los alcaldes y alcaldesas de todo el país. El objetivo es que las autoridades locales y los gremios de transportistas acaten y hagan respetar las tarifas establecidas en sus jurisdicciones, garantizando un servicio equilibrado y evitando cobros no autorizados.
Tarifas preferenciales: Estudiantes y Tercera Edad
La Gaceta Oficial N.º 43.284 ratifica los beneficios sociales y exoneraciones para los sectores vulnerables de la población. Las condiciones vigentes son:
- Pasaje gratuito para Adultos Mayores: Las mujeres a partir de los 55 años y los hombres a partir de los 60 años gozan de exoneración total (gratuidad) en el transporte urbano (Artículo 2).
- Personas con discapacidad: Tienen garantizada la gratuidad del servicio en rutas urbanas. Se prohíbe cualquier recargo por el traslado de sillas de ruedas, andaderas u otras ayudas técnicas (Artículo 3).
- Pasaje Estudiantil (Medio Pasaje): Se mantiene el derecho al descuento del 50%. Los estudiantes de educación básica y diversificada (con uniforme) y universitarios (con carnet vigente) pagarán 30 bolívares (Bs. 30,00) de lunes a sábado (Artículo 4).
Justificación del ajuste tarifario
El texto legal define esta medida como un «ajuste preventivo y equitativo». El Gobierno Nacional busca con ello proteger las necesidades básicas de la población de forma sustentable, al tiempo que asegura la operatividad y el mantenimiento de las unidades de los prestadores de servicio público. VN/TIG.
